Perito de accidentes de tránsito en Colombia: beneficios, precios y tiempo de presentación de la prueba

El perito de accidentes de tránsito es un experto en la materia, valga la redundancia, en accidentes de tránsito, pues es necesario que cuente con conocimientos amplios en análisis técnico de accidentes de tránsito, fotografía judicial, topografía judicial, investigación de campo, recolección de entrevistas y videos, y, lo más importante, una habilidad desarrollada para la sustentación en audiencia de los informes rendidos.

Cuando una persona tiene un accidente de tránsito, lo primero que debe someterse al análisis de un perito de accidentes de tránsito es el informe de tránsito, comúnmente llamado croquis. En este otro artículo le enseño, como perito, cómo puede obtener una interpretación o análisis más claro del informe de tránsito:

IPAT – Informe de tránsito: qué es y cómo se analiza

El informe de tránsito es el punto de partida, porque es donde se determina si dicho informe resulta favorable o desfavorable para la situación jurídica del cliente dentro de un proceso judicial. De igual forma, es importante tener claro si el dictamen pericial o la pericia se va a incorporar dentro de un proceso penal, civil o administrativo, o si será utilizado para una reclamación directa ante una compañía de seguros.

Sobre este aspecto, en el siguiente artículo explico a qué se puede enfrentar una persona en los diferentes procesos derivados de un accidente de tránsito:

Procesos judiciales derivados de un accidente de tránsito

Todo lo anterior resulta fundamental, ya que en un proceso penal se encuentra en juego la libertad, pues se busca una condena, y en el proceso civil se persigue una indemnización por daños y perjuicios, donde incluso puede verse comprometido todo el patrimonio. Por ello, el análisis debe ser riguroso.

Elementos clave que debe tener en cuenta para contratar un perito

Lo más importante del dictamen pericial es que el perito cuente con la experiencia suficiente y pueda sustentar, con amplio conocimiento, todo lo consignado en el informe ante un juez de la República, y que además pueda defenderlo con criterio y profesionalismo cuando sea sometido al contrainterrogatorio.

La dinámica de la sustentación de la prueba implica que la contraparte intentará desacreditar al perito, y es trabajo del abogado también apoyar para que el perito pueda responder con solvencia técnica.

Uno de los principales problemas que he observado durante mi ejercicio profesional como perito de accidentes de tránsito es que, en muchas ocasiones, el abogado le indica al cliente simplemente que necesita un perito, sin que el cliente comprenda realmente para qué lo necesita. Esto es grave, porque el perito es el instrumento mediante el cual el abogado lleva certeza al juez dentro del proceso.

Es absolutamente necesario, e incluso diría obligatorio, que abogado y perito trabajen en conjunto hasta la sustentación del dictamen. El perito orienta técnicamente al abogado sobre lo rendido en el informe, y el abogado orienta jurídicamente al perito. No se trata de preparación indebida, sino de un trabajo profesional basado en métodos técnico-científicos para conocer los hechos y ayudar al juez a proferir una sentencia.

¿Cuánto cuesta contratar un perito o un peritaje de accidente de tránsito?

En NBI S.A.S., como peritos, siempre realizamos una viabilidad del caso, con la finalidad de indicarle al cliente si resulta conveniente que nos contrate para probar lo que se pretende dentro del proceso respecto a las causas del accidente.

Esto se debe a que una prueba pericial puede tener un costo aproximado entre $3.000.000 y $9.500.000, dependiendo de la gravedad del evento, el lugar de ocurrencia y las pruebas disponibles. Por ello, el cliente necesita conocer si al contratar el peritaje este puede tener un impacto positivo o negativo en su proceso, y si realmente vale la pena realizar dicha inversión.

Cuando el peritaje no resulta viable, es preferible que el cliente se ahorre ese dinero; pero si el peritaje lo beneficia, sin duda vale la pena realizar la inversión.

¿Qué aspectos hacen que el precio del peritaje cambie?

Este es un punto sensible. La gravedad del evento no cambia sustancialmente el procedimiento, pues un proceso penal por lesiones personales es muy similar a un proceso penal por homicidio culposo en accidente de tránsito. Aunque las penas sean distintas, las etapas procesales son iguales.

En el proceso civil ocurre algo similar: las pretensiones cambian y determinan la competencia del juez, pero el trámite procesal se desarrolla de la misma forma. Entonces, ¿qué hace que un proceso sea más complejo que otro? La respuesta está en la calidad de las pruebas y en la conducta procesal del cliente.

Es mucho más viable reconstruir un accidente de tránsito cuando se cuenta con un informe de tránsito legible, fotografías a color, expediente penal completo, plano topográfico, videos de cámaras de seguridad y entrevistas. Por el contrario, es mucho más complejo cuando solo existen algunas fotografías, no se elaboró informe de tránsito, no hay registro de daños o no se cuenta con elementos probatorios suficientes.

Aunque estas circunstancias no hacen imposible la reconstrucción, sí exigen un mayor esfuerzo investigativo, oficios a entidades y una investigación de fondo.

Otro factor determinante en el costo es el tiempo o término judicial disponible para presentar la prueba pericial. La prueba no puede aportarse en cualquier momento, sino en el momento procesal oportuno.

Existen casos en los que abogados y clientes contratan el peritaje desde el inicio del proceso, lo que permite contar con un plazo amplio para investigar y recolectar pruebas. En otros casos, el peritaje se anuncia al momento de contestar la demanda, lo que reduce considerablemente el tiempo disponible y obliga a trabajar contrarreloj.

De acuerdo con el artículo 227 del Código General del Proceso, el juez no puede otorgar menos de 10 días hábiles para la presentación del dictamen pericial, término que en muchos casos resulta corto, aunque se puede prestar el servicio:

Artículo 227 del Código General del Proceso

En el ámbito penal, durante la etapa preparatoria, también se puede anunciar el peritaje y ponerlo en conocimiento de las partes al menos cinco días antes del juicio oral, conforme a los artículos 414, 415 y 417 del Código de Procedimiento Penal:

Artículos 414, 415 y 417 del Código de Procedimiento Penal

Estos son algunos de los aspectos más relevantes que debe tener en cuenta al momento de contratar un perito de accidentes de tránsito. En NBI S.A.S. somos una firma experta en reconstrucción de accidentes de tránsito en Colombia, con más de 10 años de experiencia y más de 1.300 dictámenes rendidos y sustentados en procesos judiciales.

Si necesita una viabilidad de su caso, puede contactarnos al correo info@nbi.com.co o al número 311 221 7157.

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