Fotomultas 2026: consulta por placa, valores, plazos e impugnación
Una cámara te captó: velocidad, pico y placa, semáforo, SOAT o técnico-mecánica vencidos. Arriba tienes dónde consultar; abajo, con la ley en la mano, cuánto cuestan en 2026 con la UVB, en cuántos días deben notificarte, quién responde (dueño o conductor), los descuentos del 50% y 25%, y cuándo vale la pena impugnar.
Qué es una fotomulta y por qué sí son legales (con condiciones)
El nombre técnico es fotodetección: un comparendo impuesto con una cámara o un radar (un "sistema automático o semiautomático de detección de infracciones") en lugar de un agente. Los regula la Ley 1843 de 2017, que puso tres condiciones para que una cámara pueda multar: estar autorizada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, estar señalizada con antelación en la vía para que el conductor sepa que entra a una zona vigilada, y que el comparendo se notifique al propietario en los plazos de la ley. Cuando una de las tres falla, la fotomulta se cae.
Qué infracciones detectan las cámaras y cuánto cuestan en 2026
Desde el 1 de enero de 2026 las multas de tránsito ya no se liquidan con el salario mínimo diario sino con la Unidad de Valor Básico (UVB), por orden del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 y la Circular Externa 20264000000037 del Ministerio de Transporte. Resultado: las infracciones tipo C quedaron en $633.200 y las tipo D en $1.266.100. Estas son las que más detectan las cámaras:
| Código | Infracción | Valor 2026 | Con 50% (curso, 11 días hábiles) | Con 25% (curso, 26 días hábiles) |
|---|---|---|---|---|
| C.29 | Exceso de velocidad | $633.200 | $316.600 | $474.900 |
| C.14 | Transitar en pico y placa o en zonas y horarios restringidos | $633.200 | $316.600 | $474.900 |
| C.35 | Sin revisión técnico-mecánica vigente | $633.200 | $316.600 | $474.900 |
| C.02 | Estacionar en sitio prohibido (cámaras de zonas de parqueo) | $633.200 | $316.600 | $474.900 |
| D.02 | Sin SOAT vigente | $1.266.100 | $633.050 | $949.600 |
| D.04 | No detenerse ante el semáforo en rojo | $1.266.100 | $633.050 | $949.600 |
Fíjate en las dos últimas filas con otros ojos: SOAT y técnico-mecánica vencidos son las únicas fotomultas que no dependen de cómo conduzcas sino de un papel, y son las que la ley le cobra al propietario sin discusión (ya verás por qué). Revisar las dos fechas toma diez segundos en la consulta RUNT por placa.
Cómo consultar fotomultas por placa y por cédula
Hay un portal nacional y uno por ciudad grande. La regla práctica: consulta primero el nacional, y si vives en Bogotá, Medellín o Cali, también el local, porque los comparendos recién impuestos pueden tardar días en reflejarse en el SIMIT.
| Dónde | Qué consulta | Cómo |
|---|---|---|
| SIMIT (Federación Colombiana de Municipios) | Comparendos y fotomultas de todo el país, por placa o por cédula; acuerdos de pago; pago en línea. | Guía paso a paso de la consulta en el SIMIT |
| Bogotá · Fénix (Secretaría de Movilidad) | Fotomultas y comparendos impuestos en Bogotá, con la foto y el video de la infracción. | Guía de Fénix comparendos |
| Medellín · Secretaría de Movilidad | Fotodetecciones de las cámaras de Medellín (la ciudad con más fotomultas por habitante del país), por placa o cédula, con las pruebas. | Portal de Movilidad de Medellín (consulta pública); también aparecen en el SIMIT. |
| Cali · Secretaría de Movilidad | Fotomultas de las cámaras de Cali, con sus soportes. | Servicios Digitales Cali · Estado del vehículo (multas, pagos pendientes, prendas e inmovilizaciones por placa); también aparecen en el SIMIT. |
| Otras ciudades | Cada organismo publica su consulta; todos reportan al SIMIT. | SIMIT por placa o cédula. |
Dos diferencias que confunden: la consulta por placa muestra las infracciones asociadas al vehículo, sin importar quién conducía; la consulta por cédula muestra las que te fueron impuestas a ti como persona. Una fotomulta reciente puede aparecer por placa y todavía no por cédula, porque la autoridad aún no ha decidido a quién se la imputa.
Cómo y en cuánto tiempo deben notificarte
Es la pieza que decide la mayoría de las impugnaciones. La cámara detecta; la autoridad valida el comparendo (revisa que la placa se lea bien, que la infracción exista y que la cámara estuviera autorizada); y a partir de esa validación tiene tres (3) días hábiles para enviarte la notificación por correo certificado o electrónico, con la foto y los soportes, a la dirección y el correo que figuran en el RUNT. Si allí no te encuentran, debe hacer la notificación por aviso.
¿Quién paga: el dueño del carro o el conductor?
Es la pregunta de fondo y la respuesta tiene tres capas:
- No hay responsabilidad automática del dueño. La sentencia C-038 de 2020 de la Corte Constitucional declaró inexequible el parágrafo que hacía al propietario "solidariamente responsable" con el conductor. La multa es personal: se le impone a quien cometió la infracción.
- Pero el dueño tiene que responder al proceso. Cuando la cámara no identifica al conductor, el artículo 129 del Código Nacional de Tránsito ordena notificar al último propietario registrado para que rinda descargos dentro de los diez días siguientes; si no comparece, la sanción se impone al propietario. Es decir: la salida no es ignorar la fotomulta, es asistir y, si no conducías, decir quién lo hacía o demostrar que el vehículo no era el tuyo en ese momento (vendido, hurtado, placa mal leída).
- Hay fotomultas que sí son del dueño por definición. El artículo 10 de la Ley 2161 de 2021 ("medidas antievasivas", declarado exequible en la sentencia C-321 de 2022) obliga al propietario a velar por que su vehículo circule con SOAT y revisión técnico-mecánica vigentes. Esas dos fotomultas (D.02 y C.35) se le imputan al propietario aunque no estuviera al volante, porque la falta es suya: no la conducción, el documento.
En la práctica: si tú conducías, la multa es tuya; si conducía otra persona, tienes derecho a que la sanción vaya a su nombre, pero debes ejercerlo en la audiencia; si es SOAT o técnico-mecánica, es tuya por ser el dueño. Y si el carro ya no era tuyo, el problema es otro: un traspaso que nunca se hizo.
Descuentos, plazos y qué pasa si no pagas
| Si… | Plazo (desde la notificación) | Resultado |
|---|---|---|
| Aceptas la infracción y haces el curso en un organismo de tránsito o centro autorizado | Dentro de los 11 días hábiles | 50% de descuento sobre el valor de la multa |
| Aceptas y haces el curso más tarde | Entre el día 12 y el día 26 hábil | 25% de descuento |
| Pides audiencia para impugnar | Dentro de los 11 días hábiles | Se abre el proceso contravencional; si pierdes, pagas el 100% |
| No haces nada | Pasados los plazos | La sanción queda en firme al 100%; la autoridad tiene hasta 3 años para iniciar el cobro coactivo; mientras tanto no puedes hacer trámites (traspaso, licencia, renovaciones) |
El descuento del 50% y el derecho a impugnar comparten el mismo reloj: once días hábiles desde que te notifican. Por eso la decisión hay que tomarla rápido y con la foto en la mano. Y el acuerdo de pago, que el SIMIT permite, te devuelve el paz y salvo para trámites mientras pagas por cuotas.
Cuándo vale la pena impugnar una fotomulta (y cuándo no)
Impugnar no requiere abogado: se pide la audiencia pública (presencial o virtual según el organismo) dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación, y allí se presentan los argumentos y las pruebas. Vale la pena cuando hay un hecho objetivo:
- Notificación tardía o inexistente: te enteraste por el SIMIT meses después y nunca llegó correo a la dirección del RUNT, o el envío salió fuera de los 3 días hábiles tras la validación.
- Placa mal leída: la foto muestra otro vehículo, otro color, otra clase. Pasa más de lo que se cree con placas sucias, con letras parecidas (O y 0, I y 1) y con "gemelos" que usan tu placa; en ese último caso, además del comparendo tienes un problema penal que conviene documentar con un perito.
- No te identifican como conductor en una infracción de conducta (velocidad, semáforo, pico y placa) y tú no conducías: la sentencia C-038 te asiste, pero debes ir a la audiencia y decirlo.
- Cámara sin señalización o sin autorización vigente de la ANSV en la fecha de la infracción.
- Vehículo vendido o hurtado antes de la fecha: con el contrato de compraventa, el formulario de traspaso radicado o la denuncia de hurto.
Cuándo no vale la pena: cuando la foto es clara, tú conducías y la cámara estaba en regla. Ahí la jugada es el curso dentro de los 11 días y el 50%: $316.600 en vez de $633.200. Impugnar "por si acaso" y perder cuesta el doble y meses de proceso.
Dos casos que vemos a diario en NBI
Te llegan fotomultas de un carro que vendiste
Si firmaste la venta pero el traspaso nunca se registró, para el RUNT el vehículo sigue siendo tuyo y las fotomultas llegan a tu nombre. Cada una puedes impugnarla probando la venta, pero la raíz es el traspaso pendiente. Las salidas están en nuestra guía de traspaso para vendedores, y si el comprador desapareció y ya no es posible el traspaso a persona indeterminada (se cerró el 6 de febrero de 2026), en la de vehículos a persona indeterminada.
Compraste un carro y aparecieron fotomultas del anterior dueño
Las fotomultas de conducta son de quien las cometió, pero las de documentos (SOAT, técnico-mecánica) y las que quedaron en firme contra el propietario anterior bloquean el traspaso hasta que alguien las pague, y en la práctica el que termina pagando es el que necesita el paz y salvo. Por eso, antes de comprar, revisa los comparendos de la placa y del vendedor, y el historial completo del vehículo: el informe de Avalúos.ai reúne con la placa las multas, los embargos, las prendas, los siniestros ante aseguradoras y los dueños anteriores.
Las dudas que más busca la gente
¿A qué horas apagan las fotomultas?
No se apagan. Las cámaras de velocidad, semáforo y pico y placa operan de forma continua; lo que cambia según la hora es la regla que aplican: el pico y placa solo en su horario, las zonas escolares con límite reducido en su franja. Una cámara de velocidad a las 3 de la mañana multa igual que a mediodía.
¿A dónde llegan las fotomultas?
A la dirección física y al correo electrónico que tengas registrados en el RUNT, por correo certificado o electrónico. Si no te ubican, por aviso en el organismo de tránsito. Nunca llegan por mensaje de texto ni por WhatsApp con enlaces de pago: eso es estafa.
¿Es legal la fotomulta?
Sí, cuando la cámara está autorizada por la ANSV, la zona está señalizada y la notificación se hizo en los plazos de la Ley 1843 de 2017. Lo que no es legal es cobrarle automáticamente al dueño una infracción de conducta cometida por otro conductor sin darle la oportunidad de defenderse (C-038 de 2020).
¿Por qué Medellín aparece tanto cuando se habla de fotomultas?
Porque es la ciudad con la red de fotodetección más densa del país y la que más comparendos electrónicos impone por habitante; su Secretaría de Movilidad además ha sido la más activa en imputar al propietario las infracciones de documentos tras la sentencia C-321 de 2022. Si tu vehículo rueda por Medellín, la revisión mensual del Portal de Movilidad de Medellín y del SIMIT no es opcional.
¿Vas a comprar un usado? Las fotomultas del anterior dueño no se ven en la consulta básica
Con la placa, Avalúos.ai, la plataforma de NBI, entrega en PDF las multas, los embargos, las prendas, los siniestros reportados ante aseguradoras y la cadena de propietarios del vehículo, verificado con fuentes oficiales. Cuesta menos que llenar el tanque y evita heredar un problema con placa ajena.
Verificar el historial completo por placa →¿Una fotomulta que no es tuya, una placa gemela o un proceso con irregularidades?
NBI S.A.S. presta asesoría jurídica en trámites y procesos de tránsito, con peritos que cotejan la foto con el vehículo real, documentan el gemeleo y acompañan la audiencia de impugnación.
Conocer la asesoría jurídica de NBIPreguntas frecuentes sobre fotomultas
¿Cómo consultar las fotomultas por placa?
En el SIMIT, el portal nacional de la Federación Colombiana de Municipios, digitando la placa; y en el portal del organismo de tránsito de tu ciudad (Fénix en Bogotá, las secretarías de Movilidad de Medellín y Cali), donde además ves la foto y el video. Ambas consultas son gratuitas.
¿Cuánto cuesta una fotomulta en 2026?
Depende del código de la infracción. Las tipo C (exceso de velocidad, pico y placa, técnico-mecánica vencida, mal parqueo) valen $633.200; las tipo D (SOAT vencido, semáforo en rojo) $1.266.100. Desde 2026 se liquidan con la UVB, no con el salario mínimo.
¿Cuánto tiempo tienen para notificar una fotomulta?
Tres días hábiles contados desde la validación del comparendo, por correo certificado o electrónico a los datos registrados en el RUNT (Ley 1843 de 2017, artículo 8). La validación suele hacerse dentro de los diez días hábiles siguientes a la detección.
¿Las fotomultas se pagan o no?
Sí se pagan. La sentencia C-038 de 2020 eliminó la responsabilidad automática del propietario, no las fotomultas. Si no respondes al proceso, la sanción queda en firme y pasa a cobro coactivo.
¿Quién paga la fotomulta, el dueño o el conductor?
Quien cometió la infracción. Si la cámara no identifica al conductor, se notifica al propietario para que rinda descargos; si no comparece, la sanción se le impone a él. Las fotomultas por SOAT o técnico-mecánica vencidos son del propietario, por la Ley 2161 de 2021.
¿Cómo obtener el 50% de descuento en una fotomulta?
Aceptando la infracción y realizando el curso pedagógico dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación. Entre el día 12 y el 26 hábil, el descuento es del 25%. Después, se paga el 100%.
¿Cómo impugnar una fotomulta?
Solicitando audiencia pública ante el organismo de tránsito dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación, con las pruebas: notificación tardía, placa mal leída, conductor no identificado, cámara sin señalización, vehículo vendido o hurtado. No se necesita abogado.
¿A dónde llegan las fotomultas?
A la dirección y al correo registrados en el RUNT. Si no te ubican, se notifica por aviso. Mantener esos datos actualizados es gratis y evita perder el descuento y el plazo para defenderte.
¿Qué pasa si no pago una fotomulta?
Queda en firme por el 100%, la autoridad puede iniciar cobro coactivo dentro de los tres años siguientes (con embargo de cuentas o del vehículo) y, mientras exista, no puedes hacer trámites como traspaso o renovación de licencia.
¿Las fotomultas prescriben?
La autoridad tiene tres años desde que la sanción queda en firme para iniciar el cobro coactivo. Si no lo hace en ese tiempo, la obligación prescribe y puede solicitarse su declaratoria. Antes de eso, el comparendo sigue vigente en el SIMIT.
Guía elaborada y revisada por la Unidad de Peritaje de NBI S.A.S. (NIT 900.979.851-8), firma colombiana con diez años de experiencia en peritaje de accidentes de tránsito, investigación vehicular y acompañamiento en procesos de tránsito. Última revisión: 2 de octubre de 2026. Contenido informativo: los valores y procedimientos pueden cambiar; verifícalos en el organismo de tránsito correspondiente.
Fuentes:
- Ley 1843 de 2017, por medio de la cual se regula la instalación y puesta en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones (artículo 8: notificación en tres días hábiles).
- Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, artículos 129, 135, 136 y 159, con las modificaciones de la Ley 2161 de 2021 (descuentos del 50% y 25%, medidas antievasivas).
- Corte Constitucional, sentencias C-038 de 2020 (responsabilidad solidaria del propietario) y C-321 de 2022 (deberes del propietario sobre SOAT y revisión técnico-mecánica).
- Ley 2294 de 2023, artículo 313, y Circular Externa 20264000000037 de 2026 del Ministerio de Transporte (liquidación de multas en UVB).
- Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, concepto sobre fotodetecciones (2021).
- SIMIT (Federación Colombiana de Municipios) y Fénix (Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá).
